CERTIFICADO
La Secretaria Ejecutiva que suscribe, CERTIFICA que en la Sesión Ordinaria Nº 573, de fecha 05 de Marzo del 2014, el CONSEJO REGIONAL - REGION DE COQUIMBO, adoptó el siguiente acuerdo:
Acuerdo Nº 6490
Se acuerda, en conformidad a artículo 72 del Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo Regional, aprobar las siguientes modificaciones al Reglamento de Funcionamiento Interno.
De igual forma, se acuerda aprobar manual de funcionamiento de comisiones de trabajo del Consejo Regional, que forma parte integrante del Reglamento de Funcionamiento Interno y del presente acuerdo.
1º Artículo 25: La Unidad administrativa, contará con uno o más administrativos o técnicos que serán el soporte administrativo de toda la secretaría ejecutiva y de los consejeros regionales, a proposición de la Comisión de Régimen Interno al ejecutivo del Gobierno Regional para contratación sobre la base de planta, contrata u honorarios. Este gasto deberá contar con la provisión correspondiente tanto en la planta como en el Presupuesto de Funcionamiento del Gobierno Regional, u otra fuente de financiamiento según sea el caso.
2º Artículo 27 El Departamento Técnico estará a cargo de uno o más profesionales con una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, a proposición de la Comisión de Régimen Interno al ejecutivo del Gobierno Regional para contratación sobre la base de planta, contrata u honorarios, destinado a asesorar al consejo regional. Este gasto deberá contar con la provisión correspondiente tanto en la planta como en el Presupuesto de Funcionamiento del Gobierno Regional u otra forma de financiamiento, según sea el caso.
Este departamento contará con un manual de procedimientos para reglar su actuar en las comisiones de trabajo del Consejo Regional que formará parte integrante de este documento.
3º Artículo 29: EL Departamento de Comunicaciones estará a cargo de uno o más profesionales vinculados al área de las comunicaciones, a proposición de la Comisión de Régimen Interno al ejecutivo del Gobierno Regional para contratación sobre la base de planta, contrata u honorarios, destinado a asesorar al consejo regional. Este gasto deberá contar con la provisión correspondiente tanto en la planta como en el Presupuesto de Funcionamiento del Gobierno Regional u otra forma de financiamiento, según sea el caso.
4º Artículo 58
(inciso segundo) Existirá un manual que establecerá el procedimiento interno de trabajo de los integrantes de las comisiones y de sus asesores que formará parte integrante de este documento.
5º Artículo 66: A la Comisión de Medio ambiente, Energía y Minería pronunciarse sobre las solicitudes, programas y proyectos que recaigan sobre materias relativas a la participación del gobierno regional en materia medio ambiental, Energías renovables y no renovables; minería, tanto pequeña, mediana como gran minería.
Analiza solicitudes, programas y proyectos que recaigan sobre materias relacionadas con:
· La participación del gobierno regional en materia medio ambiental, especialmente en lo que se refiere a compatibilidad territorial y coherencia estratégica.
· Gestión y/o acompañamiento en proyectos energéticos a través de Recursos renovables y no renovables;
· Proyectos y programas Mineros.
Particularmente le corresponde:
Impulsar, orientar y contribuir a la formulación de políticas regionales medioambientales, mineras y energéticas, en conformidad a la Estrategia Regional de Desarrollo Regional.
a) Impulsar, orientar y contribuir a la formulación de políticas regionales en materia de minería y energía. Desarrollar y aplicar dichas políticas de conformidad a la Estrategia Regional de Desarrollo.
b) Conocer, proponer y emitir opinión respecto de los proyectos de inversión en materia energética, principalmente en materia de energías renovables no convencionales (ERNC), medioambiental y de minería que incorporen financiamiento del presupuesto de inversión regional.
c) Promover y proponer programas de asistencia técnica y capacitación para la pequeña minería.
d) Participar de las mesas público – privadas en temas de energía, minería y medio ambiente.
e) Garantizar la participación ciudadana que permita representar la opinión de las personas naturales y organizaciones comunitarias, en el resguardo y protección del medio ambiente y la salud de las personas, en la región de Coquimbo.
6º Artículo 68: A la Comisión de Desarrollo Social e Inversión le corresponderá conocer de todas aquellas materias que se encuentren asociadas con:
- Apoyo a la organización y participación social.
- Superación de la pobreza.
- Apoyo a la Integración Social
- Mejora de infraestructura básica
Particularmente, le corresponderá:
a) Contribuir a la formulación de políticas regionales de Vivienda y Equipamiento comunitario; Servicios Sanitarios; Electrificación; Desarrollo Urbano y Rural; Mejoramiento de poblados; Mujer, Infancia, Juventud; Adultos mayores y Discapacitados, temática de género y las minorías sociales;
b) Analizar y proponer los proyectos de inversión en materia de Vivienda y Equipamiento comunitario; Servicios Sanitarios; Electrificación; Desarrollo Urbano y Rural; Mejoramiento de poblados;
c) Analizar y proponer programas y proyectos que den asistencia, apoyo o fomento a actividades cuyo sujeto sea mejorar la calidad de vida de la Mujer, la Infancia, la Juventud; los Adultos mayores y las personas con capacidades diferentes.
d) Analizar y proponer programas y proyectos que tengan como eje estratégico el componente de género y las minorías sociales;
e) Promover la participación de la ciudadanía en torno a los temas descritos a través de la constitución de mesa de trabajo.
7º Artículo 69: A la Comisión de Ordenamiento Territorial, planificación e Infraestructura le corresponderá conocer de todas aquellas materias que se encuentren asociadas con:
· Infraestructura Vial;
· Obras Hidráulicas;
· Vialidad Urbana;
· Instrumentos de Planificación Territorial;
· Corredores de Integración Regional nacional e internacional;
· Telecomunicaciones;
· Transporte.
Particularmente le corresponde:
a) Contribuir a la formulación de políticas regionales en materia de ordenamiento territorial, a través del Plan Regional de Ordenamiento Territorial u otro instrumento de planificación territorial, en concordancia con la Estrategia Regional de Desarrollo.
b) Conocer y resolver respecto a los instrumentos de planificación territorial que sean sometidos a su consideración.
c) Analizar y proponer los proyectos de inversión en materia de infraestructura vial, transporte y telecomunicaciones cualquiera sea su financiamiento.
d) Analizar y proponer los proyectos de inversión en materia de integración física en materia nacional e internacional, cualquiera sea su financiamiento.
e) Analizar y proponer los proyectos de inversión en materia de protección de la calidad y suministro del agua.
f) Participar en toda instancia pública o privada en la que el Gobierno Regional de Coquimbo deba tener representación en materia de integración internacional en materia de infraestructura.
8º Artículo 70: A la Comisión de Comisión de Cooperación Internacional y Relaciones Institucionales y Jurídica le corresponderá conocer todas aquellas materias que se encuentren asociadas con:
· Integración internacional
· Cooperación internacional
· Determinación de uso de inmuebles fiscales y del gobierno regional
Particularmente le corresponde:
a) Contribuir a la formulación de políticas regionales en materia de integración internacional en coherencia a la Estrategia Regional de Desarrollo.
b) Analizar y pronunciarse sobre las solicitudes, programas y proyectos que recaigan sobre materias relacionadas con Integración y Cooperación internacional;
c) Resolver y/o gestionar y coordinar la participación del Consejo Regional en Misiones tecnológicas, científicas, culturales y comerciales de incidencia internacional;
d) Participar en mesa pública y/o privada para tratar temas de interés internacionales provenientes de tratados internacionales, convenios de cooperación celebrados con territorios extranjeros, tales como Pasos Fronterizos: Controles aduaneros y fitosanitarios.
e) Generar criterios de relaciones diplomáticas y paradiplomáticas del Consejo Regional y propuestas de participación del Gobierno Regional en estas.
f) Participar en eventos internacionales en representación del Consejo Regional.
g) Definir lineamientos estratégicos para el área de ciencia y tecnología, y estudiar e incrementar los esfuerzos en la investigación y el desarrollo tecnológico, aumentando la eficiencia en la productividad y competitividad en la región.
h) Promover la consolidación de centros de estudios de alto nivel, regionales, nacionales y extranjeros, y establecer vínculos institucionales con aquellos existentes para coordinar los esfuerzos de desarrollo en ciencia y tecnología.
i) Coordinar acciones con entes públicos y privados para paliar efectos de emergencias que afecten cualquier área productiva.
j) En materia jurídica resolverá las solicitudes de concesiones de uso gratuito de inmuebles fiscales formuladas por el Ministerio de Bienes Nacionales.
El presente acuerdo ha sido adoptado por 14 voto(s) a favor del(los) consejero(s) asistente(s): Sr(s). Agapito Santander Marín, Alfredo Villagrán Tapia, Eduardo Alcayaga Cortés, Federico Arcos Artal, Fernando Joo Silva, José Montoya Angel, Miguel Angel Rebolledo González, Nathan Trigo González, Pablo Muñoz Pinto, Raúl Godoy Barraza, René Olivarez Cortés, Sergio Llanos Huerta, Teodoro Aguirre Alvarez, Washington Altamirano Tapia . El(Los) consejero(s) Sr(s). Reinaldo Villalobos Pellegrini no asiste(n) a la sesión.

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